Podrán ser beneficiarios de la financiación otorgada al amparo de esta convocatoria:
– Las sociedades mercantiles cuyo tamaño se corresponda con la definición de Pyme recogida en el anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión. Adicionalmente, el solicitante deberá cumplir al menos dos de los tres siguientes requisitos:
1) Activo superior a 2 millones de euros
2) Importe neto de la cifra de negocios superior a 2 millones de euros
3) Número de trabajadores superior o igual a 10
– Los autónomos.
– Las micro empresas
– Las grandes empresas
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Constituye el objeto de la presente convocatoria el otorgamiento de préstamos bonificados para la financiación de autónomos y sociedades mercantiles cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana
Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la financiación bonificada objeto de esta convocatoria tendrán por finalidad a) la ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos, b) la contratación de mano de obra y servicios ligados al ciclo de la explotación, así como la adquisición de elementos patrimoniales de capital circulante, incluyendo -entre otros- mercaderías, y materias primas, y c) el aplazamiento de cuotas de capital e intereses de préstamos otorgados por el IVF.
CUANTÍA
La cuantía máxima prevista para la bonificación de intereses de los préstamos acogidos a la convocatoria asciende a 6.850.000 euros.
El valor nominal del préstamo se situará entre 25.000 y 2.000.000 euros, sin que pueda superar el 80% del importe de los gastos financiables elegibles. La bonificación de intereses asociada a esta línea de financiación está sujeta a minimis y/o al Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamos y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de Covid-19.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web del IVF
